Otro revés de la Cooperativa Mborayhu LTDA.: Cortan agua a una socia como medida de presión para que ésta saldara sus cuotas de préstamo atrasadas
La Cooperativa Mborayhu LTDA. se ha visto envuelta en una controversia significativa tras la presentación de un amparo por parte de una de sus socias. La situación, que ha generado un debate sobre los derechos fundamentales y las prácticas de cobro, pone de manifiesto la delicada línea entre la recuperación de deudas y la protección de los servicios esenciales.
El incidente se desencadenó cuando la cooperativa cortó el suministro de agua en el hogar de una socia, supuestamente como medida de presión para que esta saldara sus cuotas de préstamo atrasadas. La socia, quien reside con su hijo menor y sus padres ancianos, denunció que la cooperativa se negaba a cobrar únicamente por el servicio de agua, exigiendo el pago de todas las cuotas pendientes antes de restablecer el servicio. Esta acción llevó a la socia a presentar un amparo, alegando la violación de garantías constitucionales fundamentales.
El amparo constitucional se basó en la vulneración de derechos tan esenciales como el derecho a la vida, a la salud, a vivir en un ambiente saludable, y la protección de la tercera edad, así como el interés superior del niño. Se argumentó que la cooperativa había violado la Ley N° 3249/2007 de Recursos Hídricos del Paraguay y la Ley N° 1855/2002 de las Personas Adultas Mayores. El corte abrupto de un servicio básico e indispensable para la supervivencia humana, como el agua, declarado por la UNESCO como vital para la salud y la supervivencia, fue el centro de la disputa.
El tribunal que atendió el amparo dio lugar a la solicitud de la socia y ordenó la reconexión inmediata del servicio de agua. A pesar de los esfuerzos de la Cooperativa Mborayhu LTDA. por lograr el rechazo del amparo, sus intentos no prosperaron.
La situación resalta la problemática de que la cooperativa, al parecer, no cobra por separado los diferentes rubros adeudados, incluyendo cuotas de construcción de vivienda, compra de inmueble, seguro contra incendios, cuota social y aporte solidario, además del servicio de agua. Al condicionar el acceso al agua al pago de todas estas obligaciones, la cooperativa ha sido acusada de coaccionar a sus asociados, afectando directamente las garantías constitucionales de las personas que habitan el inmueble.
La negativa de la cooperativa a cobrar solo por el servicio de distribución de agua sin que se paguen las otras obligaciones ha sido el punto neurálgico de esta controversia, generando un precedente importante en la defensa de los derechos de los consumidores y la protección de los servicios esenciales.
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