¿Se puede cambiar por Resolucion individual del Presidente una decisión de Comisión?
En «La APROAM» quieren postergar la Asamblea que ya fue fijada por Acta
En las instituciones democráticas las decisiones no las toma una sola persona. La toma la Comisión Directiva, y lo que queda escrito en Acta es Ley interna. Eso parece haber olvidado el Presidente de la APROAM, quien unilateralmente decidió modificar una convocatoria a Asamblea General Extraordinaria que ya había sido aprobada por todos los miembros de la Comisión Directiva.
LOS HECHOS
El día 06 de Julio de 2026 se reunió la Comisión Directiva de la APROAM. En dicha reunión, con la presencia y firma de todos los miembros titulares, suplentes y el síndico, se resolvió por unanimidad:
«Convocar a Asamblea General Extraordinaria para el día 20 de Julio de 2026, con único punto del Orden del Día: Reestructuración de la Comisión Directiva». Esa Acta está firmada y es el documento oficial que rige a la institución.
Sorpresivamente, semanas después, el Presidente emitió una nueva convocatoria. En ella: Cambia la fecha: del 20 de Julio al 27 de Julio.
Cambia el Orden del Día: del 20 pone «Admisión de nuevos socios» y recién el 27 la «Reestructuración de la CD».
¿ES LEGAL ESTO? NO.
Fundamentamos en 3 puntos básicos del derecho asociativo y de todo estatuto:
Principio de Colegialidad:
El Presidente no es dueño de la institución. Él ejecuta lo que resuelve la Comisión Directiva. El día 6 la Comisión decidió y quedó en Acta. Unipersonalmente no puede derogar una decisión colegiada.
Fuerza del Acta: El Acta es la prueba legal de lo resuelto. Si tiene firma de titulares, suplentes y síndico, tiene máxima validez. Modificarla requiere otra reunión de Comisión con el mismo quórum y otra Acta que deje sin efecto la anterior. Eso no ocurrió.
Derecho de los Asociados: Cambiar la fecha y el tema a última hora afecta el derecho de los socios a participar y prepararse. Convocar «admisión de socios» el 20 para recién tratar la reestructuración el 27, es dilatar y desnaturalizar lo que la propia Comisión pidió con urgencia.
¿QUÉ ESTÁ EN JUEGO?
No es solo una fecha. Está en juego el respeto a la institucionalidad.
Si permitimos que una decisión firmada por toda la Comisión se tire abajo con una simple convocatoria, mañana cualquier presidente podrá cambiar presupuestos, elecciones o expulsiones sin consultar a nadie.
Las asociaciones civiles se rigen por su Estatuto, por el Código Civil y por la buena fe. Y la buena fe manda: lo acordado, se cumple.
PEDIDO
Desde este medio instamos a la Comisión Directiva de LA APROAM a honrar su propia palabra y a respetar el Acta del 06/07/2026.
Que la Asamblea Extraordinaria para la Reestructuración se realice el día 20 de Julio de 2026 como corresponde, con la transparencia que los socios y la comunidad se merecen. Porque una institución se hace fuerte respetando sus propias reglas.
Pedro Juan Caballero, 04 de Julio de 2026.
Por Osvaldo Osvaldo Cesar Paniagua Balbuena – Columnista. Lic. Daniel Figueredo Estigarribia – Director PJD
